Subvenciones para el Comercio de la Comunidad de Madrid: abierto el plazo de solicitud hasta el 27 de julio.
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Se ha publicado en el BOCM de hoy, 5 de julio, el Extracto de la Convocatoria de ayudas al sector comercial y artesano de la Comunidad de Madrid.
El Plazo para presentar las solicitudes es DESDE EL 6 DE JULIO AL 27 DE JULIO, ambos inclusive.
A continuación, os indicamos los principales aspectos de las ayudas a tener en cuenta:
BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pymes y los empresarios individuales que se dediquen a la actividad del comercio o la artesanía en la Comunidad de Madrid. También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo los proyectos o actividades objeto de subvención.
Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de las bases reguladoras.
GASTOS SUBVENCIONABLES Serán subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las siguientes líneas de actuación
a) Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales y/o talleres artesanos, considerándose incluidos los almacenes situados en el mismo local, así como la implantación de medidas de ahorro energético por utilización de energías renovables y la introducción de elementos tecnológicos de seguridad y/o la eliminación de barreras arquitectónica
b) Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad comercial y/o artesanal. También serán subvencionables los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con exclusión del vehículo.
Para el supuesto de las Pymes solicitantes dadas de alta en el epígrafe 659.3 del IAE (comercio minorista de aparatos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos), será subvencionable la adquisición de aquel equipamiento que resulta obligatorio para desarrollar funciones de optometría y para realizar tareas de adaptación de lentes de contacto, así como la adquisición de tonómetro.
c) Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software, necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y artesanal, la gestión empresarial y la implantación y/o actualización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la mejora del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los procesos de negocio.
Para el año 2022, serán subvencionables las inversiones realizadas entre el 16 de septiembre de 2020 y el 15 de septiembre de 2022.
La inversión mínima subvencionable será:
– En el caso del sector artesano: 500 euros, impuestos excluidos.
– En el caso del sector comercial: 5.000 euros, impuestos excluidos.
COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS: Estas ayudas serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
CUANTÍA DE LA AYUDA: El importe de las ayudas será del 50% de la inversión, impuestos excluidos, con un máximo de 10.000 euros, por solicitante.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Las solicitudes deberán presentarse a través de medios electrónicos en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid (https://gestionesytramites.madrid.org/), así como en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local o el sector público institucional.
En el siguiente enlace pueden encontrar toda la información completa para la tramitación de las solicitudes y las bases reguladoras.
EXTRACTO CONVOCATORIA
BASES REGULADORAS
Si quieres que te ayudemos a tramitar o resolver cualquier duda puedes dirigirte a los siguientes teléfonos: 916543884, 660516866 o a las direcciones de correo electrónico: acenoma@acenoma.org secretaria@acenoma.org.
Esperando sea de su interés, reciba un cordial saludo,
Etiqueta:ayudas, comercio, comunidad de madrid, subvención
2 Comentarios
Necesitamos hacer unas mejoras en local comercial
Me puedes decir el epigrafe en el que estáis dados de alta para ver la subvención?
A falta de más datos, os podrán subvencionar la parte de la churreria. No tanto la de hostelería, pues es una subvención para Comercio al Por Menos. PEro de todas maneras mirame por favor el epigrafe.