Exoneración de Tasas de Basura para los Locales de San Sebastián de los Reyes
Estimado Empresario,
Según dictan la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Públicos Municipales del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, se elimina sólo con carácter rogado la tasa de Servicio de Recogida de residuos sólidos urbanos, para los locales comerciales no situados en Centros Comerciales, cuya actividad este encuadrada dentro de la división 6 del IAE (a excepción del grupo 661, Grandes Almacenes e Hipermercados).
La solicitud para la exoneración de la tasa debe ser realizada por el contribuyente quién deberá acreditar el ejercicio de la actividad a través del correspondiente alta en el IAE (Modelo 840), declaración censal (Modelo 036) o cualquier otro medio demostrativo.
Cómo se ha comentado, esta exoneración sólo tiene carácter rogado, esto es, ha de ser solicitada por el sujeto pasivo (propietario del inmueble) en el primer trimestre del ejercicio. Adjuntamos modelo para su solicitud en el registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes del cual deberá llevar 2 copias.
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